Argentinos y residentes vacunados ya no deberán presentar PCR para entrar al país

Como algunos saben, a partir del próximo 29 de enero hay cambios importantes dispuestos por las autoridades nacionales. Por eso, les preparé un resumen con todo mi amor, para que tengan la info bien a mano. 💜

La medida ya fue oficializada en el Boletín Oficial.

Nuevos requisitos para argentinos y extranjeros residentes vacunados. La gran novedad, no será necesario presentar PCR:

-Deberán presentar el certificado de vacunación, con una distancia mínima de 14 días desde la última dosis
-Tendrán que completar una declaración jurada ante la Dirección Nacional de Migraciones durante las 48 hs previas al embarco hacia la Argentina.
-Se eliminó el período de cuarentena al llegar a suelo nacional.

Aquellos que no estén vacunados o tengan el esquema incompleto:

-Presentar una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 hs previas al inicio del viaje o una prueba de antígeno realizado en el país de origen dentro de las 48 hs previas al inicio del viaje. El costo de los tests queda a cargo de la persona.
-Realizar una cuarentena de 7 días contados a partir del día siguiente a la toma de la prueba PCR o antígeno

Extranjeros no residentes con el esquema completo:

-Haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su ingreso al país y consignarlo en una declaración jurada ante Migraciones.
-Contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 hs previas al inicio del viaje o una prueba de antígeno realizada en el país de origen dentro de las 48 hs previas al inicio del viaje. El costo de las pruebas quedará a cargo de la persona.
-Quienes estén vacunados y con el resultado negativo estarán eximidos de hacer cuarentena en el país.
-Deberán tener seguro covid.

¿Qué pasará con los vehículos?

Para el tránsito de un vehículo particular o de transporte de pasajeros las personas deberán ser asintomáticas para COVID-19.

Los argentinos, argentinas o residentes que ingresen al país a través de su vehículo particular deberán acreditar esquema de vacunación completo y, en caso de haber cursado COVID-19, deberán haber completado 7 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas o la fecha de toma de muestra de prueba diagnóstica de laboratorio. En el caso de ingreso en vehículo de transporte de pasajeros, se autorizará recién a partir de cumplidos los 10 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas o la fecha de toma de muestra de prueba diagnóstica de laboratorio.

Podrán ingresar argentinos y personas residentes que sean contactos estrechos asintomáticos con esquemas de vacunación completo, mientras que los contactos estrechos asintomáticos no vacunados deberán completar su aislamiento en el país, cumpliendo los plazos previstos por la normativa nacional vigente.

Transporte internacional terrestre de pasajeros

Las y los transportistas deberán completar la DDJJ, y cumplir con las exigencias de los corredores seguros ; cada empresa transportista debe verificar en cada viaje y acreditar ante las autoridades competentes de su control los siguientes requisitos.

Tendrán que contar con una prueba PCR o de antígeno negativa con una vigencia menor a 7 días, la cual deberá ser efectuada al inicio del itinerario y en proximidad al domicilio del transportista.

Contar con un seguro de cobertura COVID-19 para su atención en el exterior del territorio nacional y, en caso de la aparición de síntomas, deberá suspender su actividad.

 

Link a las fuentes:

Boletín Oficial

Migraciones Argentina